Resolución N° 172/18/0116
Nro de Expediente:
2017-3280-98-000518
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/8/2018


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por el Sr. Luis Armario contra la Resolución Nº 123/18/0116 del 20/VI/18, por la que se le impuso una multa de 20 U.R. por las fallas constructivas constatadas en el inmueble de su propiedad sito en la Rambla República de Chile Nº 4565 unidad 206.

Montevideo, 1 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble ubicado en el predio empadronado con el Nº 134.297, sito en la Rambla República de Chile Nº 4565, unidad 206, propiedad del Sr. Luis Armario, C.I. Nº 1.045.993-8;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 123/18/0116 del 20/VI/18 se le impuso una multa de 20 U.R. por no regularizar la situación;
        2º) que con fecha 24/VII/18 el interesado presentó recurso de reposición y apelación en subsidio contra el citado acto administrativo;
        3º) que el Asesor Letrado de este Municipio informa que: a) desde el punto de vista formal los recursos fueron presentados fuera de fecha; b) desde el punto de vista sustancial el infractor no ha presentado fundamentos que ameriten la revocación y c) por lo expuesto se sugiere rechazar el recurso de reposición interpuesto y mantener la resolución impugnada en todos sus términos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Sr. Luis Armario, C.I. Nº 1.045.993-8 contra la Resolución Nº 123/18/0116 del 20/VI/18, por la que se le impuso una multa de 20 U.R. por fallas constructivas constatadas en el inmueble ubicado en el predio empadronado con el Nº 134.297, sito en la Rambla República de Chile Nº 4565, unidad 206.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor; cumplido, remítase a la División Asesoría Jurídica a fin de pronunciarse respecto al recurso de apelación en subsidio.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL