Resolución N° 174/11/0116
Nro de Expediente:
3270-001224-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/5/2011


Tema:
MULTA TERRENO BALDIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16.3251 a los Sres. Tomás Vázquez Mangini, Lidia Mangini y Milka Mangini, C.I. 562.454, 562.452 y 922.522 respectivamente, por ser los propietario sdel Padr´n N° 409930 ubicado en Valencia N° 2003, por falta de higiene.-

Montevideo, 26 de Mayo de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, relacionadas con el terreno baldío, propiedad del Sr. Tomás Vázquez Mangini, C.I. 562.454, Sra. Lidia Mangini, C.I. 562.452 y Sra. Milka Mangini, C.I: 922.522, Padrón No. 409930, ubicado en la calle Valencia N° 2003, cuyo domicilio a los efectos legales es en la calle Roque Graseras N° 724;
        RESULTANDO: 1o.) que el 6/2/10, en inspección realizada al terreno de referencia se pudo constatar que el mismo carece de higiene y cerco correspondiente, por lo que se intimó a los propietarios a solucionar las anomalías comprobadas;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, manifiesta que no se ha dado cumplimiento a lo oportunamente intimado, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 16.3251, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626;
        3o.) que la Dirección del mencionado Servicio eleva las actuaciones para el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;



        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16.3251 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta y uno diezmilésimas) al Sr. Tomás Vázquez Mangini, C.I. 562.454, Sra. Lidia Mangini, C.I. 562.452 y Sra. Milka Mangini, C.I. 922.522, propietarios del terreno baldío Padrón N° 409930, ubicado en la calle Valencia N° 2003, con domicilio a los efectos legales en la calle Roque Graseras N° 724, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL