Resolución N° 65/24/0116
Nro de Expediente:
2021-3270-98-000362
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/4/2024


Tema:
MULTA DEMOLICION SIN PERMISO

Resumen:
Se aplica una multa de U.R 49 a la Sra. Silavana Mariela López Lúquez, C.I.: 4.814.674-1, propietaria del predio padrón Nº99676, sito en la calle Comercio Nº2370, por demolición sin permiso.-

Montevideo, 17 de Abril de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la demolición sin permiso, realizada en el predio padrón Nº 99676, ubicado en la calle Comercio Nº 2370, propiedad de la Sra. Silvana Mariela López Lúquez, C.I.: 4.814.674-1;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 - Arquitectura, informa que en dicho padrón se realizó una demolición sin permiso, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2o.) que verificado el incumplimiento de lo permitido correspondería aplicar una multa de 49 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Art. 15, Inc. b, Num. 3;
        CONSIDERANDO: 1o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 49 (unidades reajustables cuearenta y nueve) a la Sra. Silvana Mariela López Lúquez, C.I.: 4.814.674-1, propietaria del predio padrón Nº 99676, ubicado en la calle Comercio Nº 2370, con domicilio a los efectos en la calle Orinoco Nº 5096/302.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
MERCEDES RUIZ,ALCALDE.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL