Resolución N° 10/24/0116
Nro de Expediente:
2023-3270-98-000371
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/1/2024


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Se aplica una multa de 5 U.R. a la Sra. María Teresa Guillermo Bentancor y al Sr. Ricardo Alejandro Fasanello Pereyra, por falta de vereda, sito en Lombardini Nº3746/3746 Bis, Padrón Nº184.106.-

Montevideo, 24 de Enero de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados a la falta de vereda en la calle Lombardini Nº3746/3746 Bis, Padrón Nº184.106, propiedad de la Sra. María Teresa Guillermo Bentancor y el Sr. Ricardo Alejandro Fasanello Pereyra, C.I.: 2.808.275-5 y 1.962.541-9 respectivamente;
        RESULTANDO: 1º) que se intimó a los propietarios a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. de acuerdo al decreto Nº 2179, Volumen VII, Titulo II;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la Sra. María Teresa Guillermo Bentancor y el Sr. Ricardo Alejandro Fasanello Pereyra, C.I.: 2.808.275-5 y 1.962.541-9 respectivamente, por falta de vereda en su propiedad ubicada en la calle Lombardini Nº3746/3746 Bis, Padrón Nº184.106.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL