Resolución N° 12/16/0116
Nro de Expediente:
3280-004432-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 al local destinado a reparación de teléfonos celulares, ubicado en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1703, propiedad de la empresa unipersonal David Camasella, por falta de habilitación Municipal (Microempresa).-

Montevideo, 28 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a reparación de teléfonos celulares, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López No. 1703, propiedad de la empresa unipersonal David Camasella, C.I. 3.444.446-8, R.U.T. 216814830012 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, se pudo comprobar que carecía de la Habilitación Municipal (Declaración Jurada- Microempresa), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la empresa unipersonal David Camasella, C.I. 3.444.446-8, R.U.T. 216814830012, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Mcal. Francisco Solano López No. 1703, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicaran nuevas y mas severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

SUSANA CAMARAN,CONCEJAL