Resolución N° 64/15/0116
Nro de Expediente:
3270-009097-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/4/2015


Tema:
MULTA DEMOLICION SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 a la firma Divino S.A., por demolición sin permiso en el predio ubicado en Irlanda Nº 2019, padrón Nº 170678.-

Montevideo, 23 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la demolición realizada en el predio sito en la calle Irlanda No. 2019, padrón N° 170678, responsable la firma Divino S.A., R.U.T. 210001310011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia N° 3659;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 en inspección profesional pudo comprobar que se demolió sin el correspondiente permiso aprobado, por lo que sugiere aplicar una multa por demolición sin permiso;
        2o.) que el mencionado Servicio, informa que de acuerdo a lo constatado en inspección profesional correspondería aplicar una multa de U.R. 25, según lo que establece el Decreto No. 21.626, Sección XIII, Art. 15 b, Num. 3;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) a la firma Divino S.A., Padrón N° 170678, R.U.T. 210001310011, responsable de la demolición sin permiso en la calle Irlanda N° 2019, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia N° 3659, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

CARLOS SALAVERRY,CONCEJAL (I)