Resolución N° 107/22/0116
Nro de Expediente:
2021-9660-98-000026
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/6/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. al Sr. Daniel Guillermo López Trujillo, propietario de la vivienda ubicada en la calle 3 Cerros Nº 1998, unidad 101, padrón Nº 147.246, por problemas que afectan la habitabilidad de la unidad 005 del mismo padrón.

Montevideo, 8 de Junio de 2022.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con los problemas de habitabilidad de la unidad 005, padrón Nº 147.246, sito en la calle Andrés Gómez Nº 1947, provenientes de la unidad 101 del mismo padrón, con frente a la calle 3 Cerros Nº 1998, propiedad del Sr. Daniel Guillermo López Trujillo C.I Nº 1.992.216-2;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que las filtraciones de humedad en la unidad 005 provienen de la 101, por lo que se lo intimó a realizar las reparaciones necesarias en desagüe y grasera de cocina y presentar certificado de arquitecto, ingeniero o instalador sanitario inscripto en la Intendencia de Montevideo, que avale la estanqueidad de la misma;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 12, inciso A, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Daniel Guillermo López Trujillo C.I Nº 1.992.216-2, propietario de la unidad 101, padrón Nº 147.246, sito en la calle 3 Cerros Nº 1998, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL