Resolución N° 225/19/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000370
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/10/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 38 U.R. a T & B Ltda., propietaria del establecimiento destinado a venta de muebles para jardín, sito en la Avda. Italia Nº 5665, por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Declaración Jurada de Residuos Sólidos no domiciliarios, 3ra. Reincidencia.

Montevideo, 30 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de muebles para jardín, sito en la Avda. Italia Nº 5665, propiedad de T & B Ltda., RUT 214918430014;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la Habilitación Comercial, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios, 3ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 38 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 38 U.R. (treinta y ocho unidades reajustables) a T & B Ltda., RUT 214918430014, propietaria del establecimiento destinado a venta de muebles para jardín, sito en la Avda. Italia Nº 5665, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL