Resolución N° 13/14/0116
Nro de Expediente:
0016-006360-11 0016-006657-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/1/2014


Tema:
MULTA TERRENO BALDIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 a la firma Dileta S.A., propietaria del terreno baldío en malas condiciones de higiene ubicado en la calle Alberto Zum Felde lindero al N° 2220, 1° Reincidencia.-

Montevideo, 30 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el terreno baldío, propiedad de la firma Dileta S.A., R.U.T. 211597780011, Padrón N° 65225, ubicado en la calle Alberto Zum Felde lindero al N° 2220, y cuyo domicilio a los efectos legales es en la calle Alberto Zum Felde N° 2229;
        RESULTANDO: 1o.) que el 16/VIII/12, por Res. N° 166/12/0116 se le aplicó una multa a la firma propietaria del terreno baldío ubicado en la calle Alberto Zum Felde lindero al N° 2220, ya que se pudo constatar que el mismo carecia de higiene;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8, manifiesta que debido al tiempo transcurrido y a la multa aplicada, sin que se halla dado cumplimiento a lo oportunamente intimado, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 12, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, 1° Reincidencia;
        3o.) que la Dirección del mencionado Servicio eleva las actuaciones para el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma Dileta S.A., R.U.T. 211597780011, propietaria del terreno baldío Padrón N° 65225, ubicado en la calle Alberto Zum Felde lindero al N° 2220, con domicilio a los efectos legales en la calle Alberto Zum Felde N° 2229, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA (I).-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL