Resolución N° 173/11/0116
Nro de Expediente:
3290-007361-02 3290-001222-08 3290-007643-08 3000-000941-09
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/5/2011


Tema:
MULTA VIOLACION DE CLAUSURA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 54 a la firma Onsalma S.A., R.U.T. 211565280013, con domicilio en Avda. Bolivia N° 2714, por violación de clausura.-

Montevideo, 26 de Mayo de 2011.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 160/10/1000 de 21 de abril de 2010, se dispuso clausurar la firma Onsalma S.A., ubicada en Avda. Bolivia N° 2714, RUT 21 1565280013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 2/5/11 el inspector actuante del Servicio Centro Comunal Zonal N° 8, constituido en el local de referencia, constató la violación de clausura del mismo, se adjunta fotos donde se documenta la rotura de fajas de clausuras colocadas por el SCIG (Servicio Central de Inspección General), asimismo se viola la prohibición de permitir que camiones de la empresa salgan a la vía pública, y las oficinas de la mencionada empresa se encuentran en plena actividad;
        2o.) que el 4/5/11 la dirección del mencionado Servicio señala que corresponde aplicar una sanción de U.R. 54, al amparo del Art. 24 del Decreto No. 21.626, por tratarse de violación de clausura;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 54 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCUENTA Y CUATRO) a la firma Onsalma S.A., RUT 211565280013, ubicado en Avda. Bolivia N° 2714, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL