Resolución N° 184/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000264
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Se aplica multa de 15 UR a la firma PILANIR S.A., RUT No. 216.617.640.016, por carecer de habilitaciones municipales (SIME, Salubridad Pública) el establecimiento de su propiedad destinado a lavadero, ubicado en la calle Juan J. Castro Nos. 2319/37.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, relacionadas con el establecimiento destinado a lavadero, sito en la calle Juan J. Castro Nos. 2319/37, perteneciente a la empresa PILANIR S.A, RUT No. 216.617.640.016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Locales Comerciales e Industriales y Salubridad Pública);
        2o.) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R. 15 a la empresa titular de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) a la empresa PILANIR S.A., RUT No. 216.617.640.016 propietaria del establecimiento destinado a lavadero, sito en la calle Juan J. Castro No. 2319/37, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL