Resolución N° 74/12/0116
Nro de Expediente:
3270-011570-09 0016-001729-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/4/2012


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8.1625 a la firma Indutop S.A., ubicada en la Avda. 8 de Octubre N° 3672, por no haber levantado las observaciones en cuanto al desague de pluviales.-

Montevideo, 19 de Abril de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la regularización de la marquesina colocada en el establecimiento sito en la Avda. 8 de Octubre N° 3672, de la cual es responsable la firma Indutop S.A., R.U.T. 211858950012, con domicilio a los efectos legales en la calle Dr. Joaquín Requena N° 1786;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 informa que, se trata de una marquesina en la cual el desague baja hasta el nivel de vereda y demanda allí las pluviales, el caño de bajada de pluviales se interrumpe a 15 cm. del nivel de vereda, vertiendo las aguas directamente a la misma, al no haber realizado los trabajos de conexión que implican el ajuste de la marquesina a las condiciones reglamentarias se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 8,1625, según lo que establece el Art. 3o. Secc. II, numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8,1625 ( Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la firma Indutop S.A., R.U.T. 211858950012, responsable de la marquesina colocada en la Avda. 8 de Octubre N° 3672, con domicilio a los efectos legales en la calle Joaquín Requena N° 1786, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL