Resolución N° 168/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000014
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Se aplica multa a DUNAMYR S.A., R.U.T. 214.405.290.015, por la falta de habilitaciones Municipales (SIME) en el establecimiento de su propiedad denominado Café Misterio, ubicado en la calle Costa Rica No. 1700.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, relacionadas con el establecimiento destinado a restaurante-bar, sito en la calle Costa Rica Nº 1700, perteneciente a la firma DUNAMYR S.A., R.U.T. 214.405.290.015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas);
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el inciso. a), numeral 1) del artículo 14 del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma DUNAMYR S.A., R.U.T. 214.405.290.015, propietaria del establecimiento destinado a restaurante-bar, sito en la calle Costa Rica Nº 1700, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL