Resolución N° 162/18/0116
Nro de Expediente:
2017-0451-98-000004
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/8/2018


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por Bimsa S.A. contra la Resolución Nº 328/17/0116 del 28/XII/17, por la que se adjudicó la Licitación Abrevida Nº 334010/1 correspondiente a podas, corte de raíces, zanjeos, extracciones, rerparación de veredas y plantaciones, a favor de Rial S.A..

Montevideo, 1 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la Licitación Abreviada Nº 334010/1 correspondiente a podas, corte de raíces, zanjeos, extracciones, rerparación de veredas y plantaciones en el territorio del Municipio E;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 328/17/0116 del 28/XII/17 se adjucaron dichas tareas a Rial S.A., por la suma total de $ 8.052.000,oo;
        2º) que con fecha 18/I/18 se interpuso recurso de reposición y apelación en subsidio por parte de Bimsa S.A., contra el citado acto administrativo;
        3º) que el Asesor Letrado de este Municipio informa que: a) desde el punto de vista formal el recurso fue presentado correctamente en tiempo y forma; b) desde el punto de vista sustancial la infractora expresa que dicha resolución lesiona su derecho subjetivo, personal, directo y legítimo encontránsose el acto visiado de nulidad, fundándose en aspectos estrictamente técnicos, en cuanto a la puntación o ponderación respecto a tres aspectos básicamente: la quita de puntos en los antecedentes, los trabajos realizados en distintos llamados en la Intendencia de Montevideo como antecedente y por último la quita de puntos por los trabajos "Adicionales sin cargo"; c) se entiende que los fundamentos expuestos por la impugnante no alteran o conmueven el acto administrativo de adjudicación, por lo que sugiere mantener el acto impugnado;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por Bimsa S.A. contra la Resolución Nº 328/17/0116 del 28/XII/17, por la que se adjudicó la Licitación Abrevida Nº 334010/1 correspondiente a podas, corte de raíces, zanjeos, extracciones, rerparación de veredas y plantaciones, a favor de Rial S.A..
        2º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, al Servicio de Compras y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para la notificación correspondiente; cumplido, a la División Asesoría Jurídica a fin de resolver el recurso de apelación en subsidio.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL