Resolución N° 27/14/0116
Nro de Expediente:
3280-014072-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/2/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 a la Adminstración Nacional de Educación Públca, propietaria de la Colonia Escolar N° 261, sita en la Rambla República de Chile N° 4519,por vertimiento de aguas hacia la vía pública.-

Montevideo, 21 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la Colonia Escolar N° 261 sita en la Rambla República de Chile N° 4519, de la cual es propietaria la Administración Nacional de Educación Pública, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Libertador N° 1409;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 informa que se constató vertimiento de aguas servidas hacia la vía pública, provenientes de la Colonia Escolar N° 261, sita en la Rambla República de Chile N° 4519;
        2o.) que pese a las notificaciones e intimaciones realizadas a la Administración Nacional de Educación Pública, el problema de las aguas servidas no ha sido solucionado, según informe del 29 de octubre de 2013 del mencionado Servicio se expresa que la instalación de abastecimiento se encuentra antirreglamentaria, la exposición de la cañería al exterior es sumamente perjudicial para el material y que los estancamientos de aguas son en punto donde coinciden cañerías y puntos de intersección y confluencias de abastecimiento, por lo que se aconseja aplicar una multa de U.R. 20, por infracción a lo establecido en la sección XIII, artículo 16°, numeral 1 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la Administración Nacional de Educación Pública, propietaria de la Colonia Escolar N° 261 sita en la Rambla República de Chile N° 4519, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Libertador N° 1409, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y al Centro Comunal Zonal N° 7 y pase -por su orden- a Secretaría General a fin de librar la notificación correspondiente
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)