Resolución N° 104/24/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000053
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2024


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R. y otra de 6 U.R a los Sres. Jorge Moumdjian y Robert Moumdjian, propietarios del predio Padrón Nº 65340, sito en la calle Pedro Cosio Nº 2403 por falta de higiene y cerco perimetral respectivamente, 1ra. Reincidencia.

Montevideo, 3 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 65340, sito en la calle Pedro Cosio Nº 2403, propiedad de los Sres. Jorge Moumdjian, C.I Nº 912.300-9 y Robert Moumdjian, C.I Nº 1.363.583-6;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 8, se pudo comprobar que dicho padrón se encuentra en malas condiciones de higiene y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 1 U.R. y otra de 6 U.R., según lo que establece la Sección III , Art. 4º, Numeral 19 y Sección II, Art. 3º, Numerales 6 y 7 respectivamente del Decreto Nº 21.626;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) y otra de 6 U.R. (seis unidades reajustables) a los Sres. Jorge Moumdjian, C.I Nº 912.300-9 y Robert Moumdjian, C.I Nº 1.363.583-6, propietarios del predio empadronado con el Nº 65340, sito en la calle Pedro Cosio Nº 2403, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Bolivia Nº 2131.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL