Resolución N° 100/18/0116
Nro de Expediente:
2017-1238-98-000040
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/5/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 7 U.R. a la empresa unipersonal Pablo Martín Baroni Arrieta, propietaria del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras ubicado en la Avda. Estanislao López Nº 4701, por falta de las habilitaciones correspondientes a Microempresa, 1ra. Reincidencia

Montevideo, 23 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de frutas y verduras ubicado en la Avda. Estanislao López Nº 4701, propiedad de la empresa unipersonal Pablo Martín Baroni Arrieta, C.I. Nº 3.993.190-7, RUT 214761960018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones correspondientes a Microempresa, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 7 U.R., en aplicación a lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 7 U.R. (siete unidades reajustables) a la empresa unipersonal Pablo Martín Baroni Arrieta, C.I. Nº 3.993.190-7, RUT 214761960018, propietaria del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras ubicado en la Avda. Estanislao López Nº 4701, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL