Resolución N° 63/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3270-98-000148
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/3/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 22 U.R. a la empresa unipersonal Mario Gentile, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, por carecer de la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.

Montevideo, 16 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, propiedad de la empresa unipersonal Mario Gentile, C.I. Nº 3.038.830-7, RUT 214761490011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 6, se pudo comprobar que carecía de la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, intimándosele a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 22 U.R. en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 22 U.R. (veintidós unidades reajustables) a la empresa unipersonal Mario Gentile, C.I. Nº 3.038.830-7, RUT 214761490011, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL