Resolución N° 405/11/0116
Nro de Expediente:
3270-000192-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/12/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 al Sr. Carlos Gugliucci Lisaut, C.I. 1.220.210-9 propietario de la finca ubicada en la calle Isla de Gaspar Nª 2261 Bis, Apto. 101, por problemas de humedades hacia la finca sita en igual vía de tránsito Nº 2261 Bis, Apto. 2.-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Isla de Gaspar Nº 2261 Bis, Apto. 101, propiedad del Sr. Carlos Gugliucci Lisaut, C.I. 1.220.210-9, con domicilio a los efectos legales en la calle Juan D. Jackson Nª 1439;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 6 solicitó al titular del bien solucionar las anomalías constatadas en la finca sita en igual vía de tránsito Nº 2261 Bis, Apto. 2;
        2o.) que pese a haberse realizado reparaciones, según consta en estas actuaciones, las mismas no han dado resultado y los perjuicios siguen siendo graves, se sugiere, la aplicación de una multa de U.R. 19,7880, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626; CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Carlos Gugliucci Lisaut, C.I. 1.220.210-9, propietario de la finca sita en la calle Isla de Gaspar Nº 2261 Bis, Apto. 101, con domicilio a los efectos legales en la calle Juan D. Jackson Nª 1439, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL