Resolución N° 70/12/0116
Nro de Expediente:
3270-010500-08
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2012


Tema:
MULTA TERRENO BALDIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24.4877 al Sr. Miguel Labeau, C.I. 1.485.665-9, propietario del terreno baldío ubicado en la calle Menorca N° 2126, Padrón N° 123941, por falta del cerco reglamentario (1° Reincidencia).-

Montevideo, 12 de Abril de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, relacionadas con el terreno baldío padrón N° 123941, ubicado en la calle Menorca N° 2126, propiedad del Sr. Miguel A. Labeau, C.I. 1.485.665-9, domiciliado en la calle Raúl Haya de la Torre N° 1541 Apto. 1, con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 07/04/11 se dictó la Res. N° 111/11/0116 aplicando al propietario del mencionado terreno una multa por falta del cerco reglamentario;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 el 17/06/11, manifiesta que no se ha dado cumplimiento a lo oportunamente intimado, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 24.4877, por tratarse de una 1° Reincidencia, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Municipal vigente;
        3o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 24.4877 (Unidades Reajustables veinticuatro con cuatro mil ochocientas setenta y siete diezmilésimas) al Sr. Miguel A. Labeau, C.I. 1.485.665-9, domiciliado en la calle Raúl Haya de la Torre N° 1541 Apto. 1, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL