Resolución N° 11/17/0116
Nro de Expediente:
2016-9065-98-000025
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/1/2017


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición y apelación interpuestos por la firma Degustar S.R.L, R.U.T. 215128030012, Resolución Nº 223/16/0116

Montevideo, 26 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación, interpuestos por la firma Degustar S.R.L, R.U.T. 215128030012, contra la Resolución Nº 223/16/0116 dictada por el Gobierno Municipal E, el 16 de Setiembre de 2016;
        RESULTANDO: 1o.) que por dicho acto administrativo se dispuso aplicarle una multa de U.R. 10 a la mencionada firma, por carecer de Habilitación Municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas);
        2o.) que el Asesor Jurídico de este Municipio informa que el recurso fue interpuesto en tiempo y forma dentro de los 10 días corridos de notificada la mencionada resolución.
        3o.) que desde el punto de vista sustancial, se sugiere no hacer lugar al recurso interpuesto ante el Municipio por las consideraciones que se expresan: el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 confirió a la empresa impugnante plazo para la presentación de inicio de trámite de habilitación municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), el interesado solicitó un plazo, el cual fue otorgado, vencido el plazo no se presentó ante la administración comprobante alguno del inicio de trámite, se sugiere la aplicación de la multa y de da vista a la empresa, vencida la vista, no se presentó ante el servicio tarjeta de inicio de trámite, por lo que se dictó la Resolución de multa Nº 223/16/0116. Al momento de la inspección la empresa estaba en infracción y habiéndose otorgado plazos solicitados y de la vista de aplicación de la multa, la empresa no contaba con la habilitación;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en virtud a lo expuesto el Gobierno Municipal no hace lugar a lo solicitado y mantiene la sanción impuesta;
        2o.) que se estima
        pertinente proveer en el sentido indicado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la firma Degustar S.R.L, R.U.T. 215128030012 y mantener la sanción impuesta en la Resolución Nº 223/16/0116 dictada por el Gobierno Municipal E, el 16 de setiembre de 2016;.-
        2.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 y pase -por su orden- al Sector Despacho para notificar al interesado y a la División Asesoría Jurídica para resolver la apelación presentada conjunta y subsidiariamente.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL