Resolución N° 187/19/0116
Nro de Expediente:
2018-3290-98-000563
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2019


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Ana María Gómez contra la Resolución Nº 12/19/0116 del 09/I/19, por la que se le impuso una multa de 49 U.R. por las malas condiciones de habitabilidad del inmueble de su propiedad ubicado en la calle Yamandú Rodríguez Nº 1278.

Montevideo, 11 de Setiembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el inmueble ubicado en la calle Yamandú Rodríguez Nº 1278, propiedad de la Sra. Ana María Gómez, C.I Nº 1.169.533-7;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 12/19/0116 del 2/I/19 se le impuso una multa de 49 U.R. por fallas constructivas de entidad en el mencionado inmueble;
        2º) que la interesado presentó recurso de reposición contra el citado acto administrativo, el día 14/II/19;
        3º) que el Asesor Letrado de este Municipio informa que desde el punto de vista sustancial, si bien se realizaron reparaciones, las humedades persisten y se han profundizado, por lo que el perjuicio persiste, se han otorgado prórrogas solicitadas para reparar la causa de las humedades y no se han solucionado. Si bien la propietaria manifiesta haber realizado obras para dar solución al problema, evidentemente no han sido suficientes, ya que se ha caído parte del techo del baño según material fotográfico recibido recientemente, es por estos que no se ven elementos que hagan revocar la resolución que se impugna . Por otra parte el recurso fue presentado extemporareamente. En definitiva, se entiende que los argumentos de la propietaria no conmueven al acto administrativo dictado por Resolución Nº 12/19/ 0116, por lo que se sugiere no hacer lugar a los descargos presentados por la Sra. Ana María Gómez;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Ana María Gómez, C.I Nº 1.169.533-7, contra la Resolución Nº 12/19/0116 del 2/I/19, por la que se le impuso una multa de 49 U.R. por las malas condiciones de habitabilidad del inmueble de su propiedad, ubicado en la calle Yamandú Rodríguez Nº 1278.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL