Resolución N° 163/12/0116
Nro de Expediente:
3280-010723-09
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/8/2012


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24.4877 y otra de U.R. 19.11 por falta de cerco reglamentario e higiene en el terreno ubicado en la calle Oviedo N° 4670 y Ñanagaripé N° 1777, propiedad del Sr. Raúl Damelli (1° Reincidencia).-

Montevideo, 9 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, relacionadas con el terreno baldío padrón N° 146376, ubicado frente a la calle Oviedo N° 4670 y Ñangaripé N° 1777, propiedad del Sr. Raúl Damelli, C.I. 987.398-9, domiciliado en la calle Elías Regules N° 154 (Paso Carrasco), con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 02/III/12 por Res. N° 41/12/0116 se aplicaron multas por falta del cerco reglamentario e higiene en el terreno de referencia;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 el 10/05/12, manifiesta que la situación permanece incambiada, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 24.4877 (por falta del cerco reglamentario) y otra de U.R. 19.11 (por falta de higiene), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Municipal vigente (1° Reincidencia);
        3o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 24.4877 (Unidades Reajustables veinticuatro con cuatro mil ochocientas setenta y siete diezmilésimas) y otra de U.R. 19.11 (Unidades Reajustables diecinueve con once) al Sr. Raúl Damelli, C.I. 987.398-9, propietario del predio padrón N° 146.376, ubicado frente a la calle Oviedo N° 4670 y Ñangaripé N° 1777, domiciliado en la calle Elías Regules N° 154 (Paso Carrasco) con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL