Resolución N° 149/18/0116
Nro de Expediente:
2016-8582-98-000124
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2018


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Se aplica una multa de 4 U.R. al, por falta de cerco perimetral reglamentario, en el predio de su propiedad Padarón Nº 187.289, ubicado en la calle Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez Nº 2430.

Montevideo, 25 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 187.289, ubicado en la calle Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez Nº 2430 propiedad del Sr. Eugenio Lagarmilla Seré y la Sra. Silvia Lagarmilla Seré, C.I. Nos. 1.392.053-8 y 1.452.591-1 respectivamente;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, por lo que se intimó su construcción;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 4 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Decretos Nº 4760/45, Arts. 1º y 7º y Nº 21.626 del 23/IV/84, Sección II, Art. 3º numeral 6;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) al Sr. Eugenio Lagarmilla Seré, C.I. 1.392.053-8, domiciliado en la calle Antonio Pena Nº 2348 y la Sra. Silvia Lagarmilla Seré, C.I. Nº 1.452.591-1, domiciliada en la calle Amazonas Nº 1374, propietarios del predio empadronado con el Nº 187.289, ubicado en la calle Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez Nº 2430, por falta de cerco perimetral reglamentario.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL