Resolución N° 201/18/0116
Nro de Expediente:
2016-3270-98-000148
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/9/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 30 U.R. a la empresa unipersonal Mario Gentile, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 2da. Reincidencia.

Montevideo, 5 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, propiedad de la empresa unipersonal Mario Gentile, C.I. Nº 3.038.830-7, RUT 214761490011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 2da. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 30 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 30 U.R. (treinta unidades reajustables) a la empresa unipersonal Mario Gentile, C.I. Nº 3.038.830-7, RUT 214761490011, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico automotriz, sito en la calle María Stagnero de Munar Nº 2295, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL