Resolución N° 73/17/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000013
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/4/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 10 U.R. a la empresa unipersonal Carlos Machín Colman, propietaria del establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4101, por carecer de las habilitaciones de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 2da. Reincidencia.

Montevideo, 6 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4101, propiedad de la empresa unipersonal Carlos Machín Colman, C.I. Nº 4.176.035-6, RUT 217687550014;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, se pudo comprobar que carece de las habilitaciones de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 2da. Reincidencia, intimándosele a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa unipersonal Carlos Machín Colman, C.I. Nº 4.176.035-6, RUT 217687550014, propietaria del establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4101, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL