Resolución N° 60/25/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000425
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/4/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. al Sr. Nahuel García Roldán C.I 5.372.244-3, responsables del taller mecánico ubicado en la calle Juan Pedro Beranger Nº 7011, por falta de habilitaciones municipales vigentes (Habilitación Comercial y Gestión de Residuos No Domiciliarios).

Montevideo, 23 de Abril de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados al establecimiento destinado a taller mecánico, ubicado en la calle Juan Pedro Beranger Nº 7011, propiedad del Sr. Nahuel García Roldán, C.I 5.372.244-3;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho establecimiento no cuenta con las habilitaciones municipales (Habilitación Comercial, y Plan de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios), por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R., en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21626 Sección XIII, Art. 14, Nral 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) al Sr. Nahuel García Roldán, C.I 5.372.244-3, propietario del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Juan Pedro Beranger Nº 7011, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
PEDRO SEHABIAGUE,ALCALDE.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL