Resolución N° 115/15/0116
Nro de Expediente:
3280-009765-14
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/5/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 al local destinado a automotora, ubicado en la Avda. Italia Nº 5112, propiedad de la firma Flamicor S.A., por falta de habilitación Comercial.-

Montevideo, 28 de Mayo de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a automotora, sito en la Avda. Italia No. 5112 , propiedad de la firma Flamicor S.A., R.U.T. 215947670018 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, se pudo comprobar la ocupación de retiro frontal para la exhibición de vehículos;
        2o.) que el mencionado local cuenta con Certificado de Habilitación de Locales Comerciales e Industriales por el término de 8 (ocho) años a partir del 19/I/09, la misma se encuentra condicionada a que no se utilicen los retiros con el objeto de exhibición de automotores;
        3o.) que la empresa fue intimada en varias oportunidades a no exhibir automotores en la zona de retiro, esto no se cumplió, por lo que se entiende que la habilitación de Locales perdió su vigencia, por lo cual se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Art. 14º;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma Flamicor S.A., R.U.T. 215947670018, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia No. 5112, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicaran nuevas y mas severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)