Resolución N° 16/19/0116
Nro de Expediente:
2017-5231-98-002632
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/1/2019


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R a los propietarios del predio Padrón Nº 26206, sito en la calle Juan A. Guzmán Nº 3194 esquina Acosta y Lara, por falta de limpieza y corte de pasto.

Montevideo, 16 de Enero de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 26206, ubicado en la calle Juan A. Guzmán Nº 3194 esquina Acosta y Lara, unidad 001 perteneciente a los Sres. Hugo Ramiro Chouciño C.I Nº 1.921.162-2 y Ramiro Chouciño C.I Nº 1.085.598-0 y unidades 002 y 003 pertenecientes al Sr. Asdurbal Rodríguez Fernandez C.I Nº 663.122-7 ;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicho predio se encuentra en malas condiciones de limpieza y mantenimiento, por lo que se intimó a sus propietarios a que regularizaran la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R según Decreto Nº 21.626 Secc. III, Art. 14, Lit. B, Nral. 19 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) a los Sres. Hugo Ramiro Chouciño C.I Nº 1.921.162-2 y Ramiro Chouciño C.I Nº 1.085.598-0, domiciliados en la calle Coruña Nº 2845, propietarios de las unidad 001 y al Sr. Asdurbal Rodríguez Fernandez C.I Nº 663.122-7, domiciliado en la calle Juan A. Guzmán Nº 3194, propietario de las unidades 002 y 003 del predio empadronado con el Nº 26206, sito en la calle Juan A. Guzmán Nº 3194 esquina Acosta y Lara, por falta de limpieza y mantenimiento.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL