Resolución N° 66/25/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000131
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/5/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 a la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., R.U.T. 219551950017, representada por la Sra. Paola Macarena Fasano Montes de Oca, C.I. 4.659.361-9, destinado a residencial, ubicado en la calle Arq. Horacio Acosta y Lara Nº 7293, por carecer de PGR y DJRSND - 1ª Reincidencia.

Montevideo, 14 de Mayo de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a residencial de adultos mayores, ubicado en la calle Arq. H. Acosta y Lara Nº 7293, padrón 405170, propiedad de la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., RUT 219551950017, que tiene como responsable a la Sra. Paola Macarena Fasano Montes de Oca, C.I. 4.659.361-9, con domicilio legal en Bvar. España Nº 2873, Apto. 901;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con el Plan de Gestión de Residuos y la Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios - 1ª Reincidencia;
        2º) que correspondería aplicar una multa de 30 U.R. en virtud de lo dispuesto por el D.1928.15 Nral. 9;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 30 U.R. (treinta unidades reajustables) a la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., RUT 219551950017, que tiene como responsable a la Sra. Paola Macarena Fasano Montes de Oca, C.I. 4.659.361-9, destinado a residencial de adultos mayores, ubicado en la calle Arq. H. Acosta y Lara Nº 7293, padrón 405170, con domicilio a los efectos legales en la calle Bvar. España Nº2873 apto. 901.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
PEDRO SEHABIAGUE,ALCALDE.-

CRISTINA CAFFERATTA,CONCEJALA