Resolución N° 20/21/0116
Nro de Expediente:
2019-3280-98-000365
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/2/2021


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. al Sr. Julio Romero, propietario de la vivienda ubicada en la calle Plutarco 3902 apto. 01, Padrón Nº 161719/1, por fallas constructivas que generan problemas de humedades.-

Montevideo, 10 de Febrero de 2021.-
 
        VISTO: los problemas de humedades provocados en la vivienda ubicada en la calle Plutarco 3902 apto. 02;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que las humedades constatadas provienen del apartamento 01, propiedad del Sr. Julio Romero, C.I 1.163.829-0, por lo que se intimó a realizar pruebas hidráulicas en toda la instalación sanitaria de desagües;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 12, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Julio Romero, C.I Nº 1.163.829-0, propietario de la vivienda ubicada en la calle Plutarco 3902 apto. 01, Padrón Nº 161719/1, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJALA