Resolución N° 138/24/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000226
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/7/2024


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 2 a la Sra. Irma Francisca Esquivel Maldonado, responsable del inmueble ubicado en Lancasteriana 2449, Padrón Nº 63372, por arrojar poda y troncos en zona de espacio público y contenedor domiciliario de residuos.

Montevideo, 24 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: la poda y troncos arrojada en zona de espacio público y contenedor domiciliario de residuos, ubicado frente a Padrón Nº63372, sito en la calle Lancasteriana Nº2449, cuyo titular es la Sra. Irma Francisca Esquivel Maldonado, C.I. Nº1.809.750-6;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 entiende que correspondería aplicar una multa de 2 U.R, según Decreto Nº 21.626, Secc. III, Lit. b, Num. 1;
        2º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R (dos unidades reajustables) a la Sra. Irma Francisca Esquivel Maldonado, C.I. Nº 1.809.750-6, por arrojar poda y troncos en zona de espacios públicos y contenedor domiciliario de residuos ubicado frente a Padrón Nº63372, sito en la calle Lancasteriana Nº2449, con domicilio legal en la calle Achiras, Manzana 24, Solar 19, Ciudad de la Costa.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
PEDRO SEHABIAGUE,ALCALDE (I).-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL