Resolución N° 179/21/0116
Nro de Expediente:
2019-3290-98-000041
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/9/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 5 U.R. a la empresa Baldomir Ferres Francisco y Valentini Bustillo Juan Emilio, propietaria del establecimiento destinado a cervecería, ubicado en la calle Carlos Saez Nº 6697 esquina Rostand, por carecer de Habilitación Comercial.-

Montevideo, 29 de Setiembre de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a destinado a cervecería, ubicado en la calle Carlos Saez Nº 6697 esquina Rostand, propiedad de la empresa Baldomir Ferres Francisco y Valentini Bustillo Juan Emilio, RUT 218113310019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con Habilitación Comercial, por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Art. 14º, inc a, nral 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la empresa Baldomir Ferres Francisco y Valentini Bustillo Juan Emilio, RUT 218113310019, propietaria del establecimiento destinado a cervecería, ubicado en la calle Carlos Saez Nº 6697 esquina Rostand, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJALA