Resolución N° 2/18/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000117
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/1/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Se deja sin efecto la multa de 5 U.R. aplicada a la empresa Javier Curiel, propietaria del establecimiento destinado a taller vehicular, sito en la Avda. Italia Nº 5071, por carecer de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales.

Montevideo, 3 de Enero de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller vehicular, sito en la Avda. Italia Nº 5071, propiedad de la empresa Javier Curiel, RUT 215547160012;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 316/17/0116 del 20/XII/17 se aplicó una multa de 5 U.R. por carecer de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales;
        2º) que con fecha 22/XII/17 la empresa solicita se deje sin efecto el citado acto administrativo, ya que el certificado correspondiente no fue presentado en fecha por problemas de gestión pero estaba vigente antes de la fecha que se impuso la multa;
        3º) que en su sesión del 28/XII/17 el Gobierno Municipal aprobó dejar sin efecto la aplicación de la citada sanción;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 316/17/0116 del 20/XII/17 por la que se aplicó una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la empresa Javier Curiel, RUT 215547160012, propietaria del establecimiento destinado a taller vehicular, sito en la Avda. Italia Nº 5071, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este


        Municipio para notificar a la empresa y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL