Resolución N° 73/15/0116
Nro de Expediente:
3270-002245-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/4/2015


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 a los Sres. María Antonieta Bailador, C.I. 1.270.965-2, propietaria de la finca sita en la calle Agustín Abreu Nº 2202 Apto. 001, Alberto Andrés Bermejo, C.I. 1.852.832-7, propietario de la finca sita en la calle Agustín Abreu Nº 2202 Apto. 101 y Cosimo L'Abbruzzi Stratiota, C.I. 1.955.219-1, propietario de la finca sita en la calle Agustín Abreu Nº 2202 Apto. 003, por no conservar la vereda frente a su propiedad en buen estado.-

Montevideo, 30 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la propiedad horizantal sita en la calle Agustín Abreu Nº 2202, de la cual son propietarios la Sra. María Antonieta Bailador, C.I. 1.270.965-2, Apto. 001, Sr. Alberto Andrés Bermejo, C.I. 1.852.832.-7, Apto. 101 y Sr. Cosimo L'Abbruzzi Stratiota, C.I. 1.955.219-1, Apto. 003, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó a los titulares de obrados a la conservación de la vereda de que se trata;
        2o.) que en inspección profesional se constató que lo solicitado no fue realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), según lo establecido en el Art. D. 2213 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencia asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a los propietarios de la propiedad horizontal ubicada en la calle Agustín Abreu Nº 2202, Sra. María Antonieta Bailador, C.I. 1.270.965-2, Apto. 001, Sr. Alberto Andrés Bermejo, C.I. 1.852.832.-7, Apto. 101 y Sr. Cosimo L'Abbruzzi Starziola, C.I. 1.955.219-1, Apto. 003, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)