Resolución N° 174/12/0116
Nro de Expediente:
3270-005860-06 3270-015954-08 0016-004052-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/8/2012


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No hacer lugar al Recurso de Reposición interpuesto por la Sra. Silvana Antelo.-

Montevideo, 23 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: el recurso de reposición y apelación, interpuesto por la empresa unipersonal Silvana Antelo, C.I. 2.527.822-4, R.U.T. 214677770017 contra la Res. N° 79/12/0116 de fecha 09/05/12, por la cual se le aplicó una multa de U.R. 12.9552, por falta de habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos - 2° reincidencia;
      RESULTANDO: 1o.) que la empresa unipersonal Silvana Antelo presentó recurso de reposición y apelación;
      2o.) que la Abogada Asesora de este Municipio, informa que: a) la compareciente dice que la administración tomó decisiones sin oírla, si no se la escucho fue porque en el momento que se le dió vista de las actuaciones y previa a la aplicación de la multa, a los efectos de que hiciera los descargos que entienda pertinente, no lo hizo. b) la multa que se aplica tuvo su orígen en las intimaciones realizadas con fecha 11/08/11 y 11/10/11 por las cuales debía presentar habilitación de Bomberos y de Locales Industriales. c) manifiesta que las habilitaciones que se le solicitan ya habían sido presentadas y que lucen agregadas a fs. 42 y ss., de las mismas surge que la Habilitación de Bomberos venció el 18/07/11 y la Habilitación de Locales venció el 15/01/12, por lo tanto no hace mas que confirmar que el local no tenía esas habilitaciones vigentes a la fecha de las intimaciones y que las multas aplicadas son ajustadas a derecho. Además se cumplieron con todas las formalidades previa a la aplicación de la misma;
      3o.) considera que no corresponde hacer lugar al recurso interpuesto, franqueándose el de apelación a la Asesoría Jurídica;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
      2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL E
      RESUELVE:
      1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la empresa unipersonal Silvana Antelo, C.I. 2.527.822-4, R.U.T. 214677770017, contra la Res. N° 79/12/0116 de fecha 09/05/12.-
      2.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No.6, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA (I).-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL