Resolución N° 70/19/0116
Nro de Expediente:
2018-0016-98-000594
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/5/2019


Tema:
ADJUDICACIONES

Resumen:
Se adjudica la Licitación Pública Nº 356943/1 para la contratación de servicio de barrido mecánico y manual para los Servicios Centros Comunales Zonales Nº 6 y 7, a favor de Baderey S.A., por la suma de $ 25.502.880,oo, incluido impuesto al valor agregado.

Montevideo, 15 de Mayo de 2019.-
 
        VISTO: la Licitación Pública N° 356943/1 referente a la contratación de servicio de barrido mecánico y manual para los Servicios Centros Comunales Zonales Nº 6 y 7;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Compras de la Intendencia realizó el procedimiento licitatorio correspondiente;
        2°) que estudiadas las ofertas presentadas se informa que la única válida es la formulada por Baderey S.A, dado que cumple con todos los requisitos exigidos en el pliego, en cuanto a la antigüedad y capacidad operativa, por la suma total de $ 25.502.880,oo incluido impuesto al valor agregado;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Adjudicar a favor de Baderey S.A., la contratación de servicio de barrido mecánico y manual para los Servicios Centro Comunal Zonal Nos. 6 y 7, en un todo de acuerdo con el Pliego Particular de Condiciones y a la Memoria Descriptiva que rigieron la Licitación Pública Nº 356943/1, de conformidad con lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución, por un total de $ 25.502.880,oo (pesos uruguayos veinticinco millones quinientos dos mil ochocientos ochenta) incluido impuesto al valor agregado.
        2.- Atender dicha erogación con cargo a la Actividad Presupuestal 517000101, Derivado 278000.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y a los Servicios Centro Comunale Zonal Nos. 6 y 7 y pase a la Contaduría General, a fin de intervenir el gasto y realizar el contralor preventivo financiero de la legalidad; cumplido, remítase al Servicio de Compras, para la notificación a la empresa adjudicataria.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL

AUGUSTO ALCALDE,CONCEJAL