Resolución N° 220/20/0116
Nro de Expediente:
2019-9660-98-000080
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/12/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a la Agencia Nacional de Vivienda, por no realizar las reparaciones correspondientes en la unidad 502 del Complejo Euskalerría 71, sito en Mallorca Nº 4521, Block AB, Padrón Nº 426.470.

Montevideo, 16 de Diciembre de 2020.-
 
        VISTO: los problemas provenientes de la unidad 502, del Complejo Euskalerría 71, sito en Mallorca Nº 4521, Block AB, Padrón Nº 426.470, propiedad de la Agencia Nacional de Vivienda, que afectan la habitabilidad del apartamento 402;
        RESULTANDO: 1º) que luego de realizada la inspección, se solicitó que realizaran reparaciones en las instalaciones de la vivienda en los plazos correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 12, inciso A, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Agencia Nacional de Vivienda, propietaria de la unidad 502, del Complejo Euskalerría 71, sito en Mallorca Nº 4521, Block AB, Padrón Nº 426.470, con domicilio en la calle Cerrito Nº 400 a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Departamento de Secretaría General para notificar a la infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL