Resolución N° 66/21/0116
Nro de Expediente:
2016-8582-98-000123
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/5/2021


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R y otra de 4 U.R. al Sr. Eugenio Lagarmilla Seré y la Sra. Silvia Lagarmilla Seré, propietarios del predio Padrón Nº 187288, sito en la calle Saldum de Rodriguez Nº 2418 por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario.

Montevideo, 5 de Mayo de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 187288, ubicado en la calle Saldun de Rodriguez Nº 2418, propiedad del Sr. Eugenio Lagarmilla Seré, C.I 1.392.053-8 y la Sra. Silvia Lagarmilla Seré, C.I 1.452.591-7;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicho predio se encuentra en malas condiciones de limpieza y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R según Decreto Nº 21.626, Secc. III, Art. 14, Inc. b, numeral 19 y otra de 4 U.R., en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3, Nrales. 6 y 7;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) y otra de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) al Sr. Eugenio Lagarmilla Seré, C.I 1.392.053-8, domiciliado en la calle Antonio Pena Nº 2348 y la Sra. Silvia Lagarmilla Seré, C.I 1.452.591-7, domiciliada en la calle Amazonas Nº 1374, propietarios del predio empadronado con el Nº 187288, ubicado en la calle Saldun de Rodriguez Nº 2418, por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJALA