Resolución N° 3/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3280-98-000001
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/1/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16 al Sr. Aristides Fernández Duarte, C.I. 957.319-3 y Sr. Miguel Albores Villar, C.I. 1.325.184-4 , por falta de cerramiento del predio sito en la Avda. Estanislao López Nº 4596

Montevideo, 26 de Enero de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el predio sito en la Avda. Estanislao López Nº 4596, padrón Nº 147411, propiedad de los Sres. Aristides Fernández Duarte, C.I. 957.319-3 y Miguel Albores Villar, C.I. 1.325.184-4, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Estanislao López Nº 4595; RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 informa que en relevamiento realizado en el predio de referencia se constató falta de higiene, presencia de roedores e intrusos por lo que se intimó al propietario a realizar el cerramiento del predio, que impida la visión hacia el interior o como medida sustitutiva al cercado definitivo, el tapiado de las aberturas de fachada de forma de impedir el acceso de intrusos, roedores o desperdicios;;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 16, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sección II, Artículo 3, Numeral 6;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL E
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 16 (Unidades Reajustables dieciséis) a los Sres. Aristides Fernández Duarte, C.I. 957.319-3 y Miguel Albores Villar, C.I. 1.325.184-4, responsables del predio sito en la Avda. Estanislao López Nº 4596, padrón Nº 147411, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Estanislao López Nº 4595, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL