Resolución N° 74/17/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000269
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/4/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 12 U.R. a la empresa unipersonal Martín Santa Lucía propietaria del establecimiento destinado a rotisería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4505, por carecer de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales, 3ra. Reincidencia.

Montevideo, 6 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a rotisería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4505, propiedad de la empresa unipersonal Martín Santa Lucía, C.I. Nº 3.196.905-7, RUT 216542590017;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, se pudo comprobar que carece de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales, 3ra. Reincidencia, intimándosele a presentar los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 12 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 12 U.R. (doce unidades reajustables) a la empresa unipersonal Martín Santa Lucía, C.I. Nº 3.196.905-7, RUT 216542590017, propietaria del establecimiento destinado a rotisería, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 4505, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL