Resolución N° 230/24/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000254
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/12/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 10 a la empresa Kiosco Carrasco S.A, sito en Schroeder Nº6457 local 1, por falta de habilitaciones Municipales (Aval CEP, Hab. Comercial, S.I.M.E., Implantacón de Uso No Residencial y Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios).

Montevideo, 11 de Diciembre de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a kiosco "Baloon City", ubicado en la calle Alejandro Schroeder Nº6457 Local 1, propiedad de la empresa Kiosco Carrasco S.A. RUT 214 139 500 017;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con Habilitaciones Municipales (Aval CEP, Habilitación Comercial, Servicio de Instalaciónes Mecánicas y Eléctricas, Implantación de Uso No Residencial y Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Doliciliarios), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc XIII, Art. 14º, nral.1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa Kiosco Carrasco S.A. RUT 214 139 500 017, propietaria del establecimiento comercial ubicado en la calle Alejandro Schroeder Nº6457 Local 1, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL