Resolución N° 182/20/0116
Nro de Expediente:
2018-3290-98-000570
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2020


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R. a los Sres. Elena, Julio, Graciela y Ana María Salveraglio Demarco, C.I. 1.368.251-6, 1.692.634-7, 1.368.254-4 y 1.316.778-6, respectivamente, propietarios del terreno ubicado en la calle Pedro Cosio Nº 2212, Padrón Nº 65519, por encontrarse el mismo en malas condiciones de higiene.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio ubicado en la calle Pedro Cosio Nº 2212, Padrón Nº 65519, propiedad de los Sres. Elena, Julio Oreste, Graciela y Ana María Salveraglio Demarco, C.I. Nos. 1.368.251-6, 1.692.634-7, 1.368.254-4 y 1.316.778-6 respectivamente;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio se encuentra en malas condiciones de higiene, por lo que se intimó su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 4º, inc. b, numeral 19, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 respectivamente;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) a los Sres. Elena, Julio Oreste, Graciela y Ana María Salveraglio Demarco, C.I. Nos. 1.368.251-6, 1.692.634-7, 1.368.254-4 y 1.316.778-6 respectivamente, propietarios del predio ubicado en la calle Pedro Cosio Nº 2212, Padrón Nº 65519 y domiciliados en la calle Pasaje Etchevarriarza Nº 3535/B/1307, por falta de higiene.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL