Resolución N° 68/24/0116
Nro de Expediente:
2021-3290-98-000004
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/4/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 15 a la empresa IWE S.A., destinada a automotora, sito en la Avda. Italia Nº 5615/5609, por falta de habilitaciones municipales vigentes (habilitación comercial).

Montevideo, 29 de Abril de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a automotora, ubicado en la Avda. Italia Nos. 5615/5609, propiedad de la empresa IWE S.A., RUT 211440080019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la Habilitación Comercial, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc XIII, Art. 14º, inc a, nral.1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa IWE S.A., RUT 211440080019, propietaria del establecimiento comercial destinado a automotora, ubicado en la Avda. Italia Nos. 5615/5609, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDE.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL