Resolución N° 2/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3280-98-000025
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/1/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 7 por falta de Habilitaciones Municipales (Declaración Jurada - Microempresa) 1er reincidencia - Empresa Unipersonal Albaro Mieres, C.I. 4.757.635-3, R.U.T. 217694550016 Rbla República de Chile Nº 4554 bis

Montevideo, 26 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a almacén, sito en Rbla. República de Chile Nº 4554 bis, propiedad de la empresa unipersonal Albaro Mieres, C.I. 4.757.635-3, R.U.T. 217694550016 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, se pudo comprobar que carecía Habilitación Municipal (Declaración Jurada - Microempresa)1ra Reincidencia, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la empresa unipersonal Albaro Mieres, C.I. 4.757.635-3, R.U.T. 217694550016, con domicilio a los efectos legales en Rbla. República de Chile Nº 4554 bis, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL