Resolución N° 23/14/0116
Nro de Expediente:
3290-006034-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/2/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19 al local destinado a club de tenis, ubicado en la Avda. Bolivia N° 2510, perteneciente a la firma La Academia MG S.R.L., por falta de habilitación comercial, por no haber presentado permiso de construcción aprobado y planos de la instalación sanitara aprobado.-

Montevideo, 13 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a club de tenis, sito en la Avda. Bolivia N° 2510, propiedad de la firma La Academia MG S.R.L., R.U.T. 214959470010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 informa que el establecimiento de referencia no ha presentado la habilitación comercial vigente, ni el permiso de construcción aprobado, ni los planos de la instalación sanitaria aprobados;
        2o) que se debe imponer una multa de U.R. 19 según lo dispuesto por el Art. 14o., Inc. a, Sección XIII del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19 (Unidades Reajustables diecinueve) a la firma La Academia MG S.R.L., R.U.T. 214959470010, propietaria del establecimiento destinado a club de tenis, sito en la Avda. Bolivia N° 2510, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL