Resolución N° 124/14/0116
Nro de Expediente:
0016-007308-13 0016-007360-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/5/2014


Tema:
REITERACION DE GASTOS

Resumen:
Reiterar el gasto dispuesto por Res. N° 66/14/0116 de fecha 20/03/14 a favor de la Asociación Civil Juventud para Cristo en el Uruguay.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2014.-
 
          VISTO: la resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas de la República, de fecha 23 de abril de 2014, relacionado con los antecedentes remitidos por este Municipio con el Convenio bajo la modalidad de Contrato de Donación Mdal con la Asociación Civil Juventud para Cristo en el Uruguay, para tareas de limpieza e higiene ambiental de locales municipales;
          RESULTANDO: 1o.) que por la citada resolución el órgano de contralor observa el gasto por : a) ser un procedimiento especial no habilitado por el Art. 37 del T.O.C.A.F., b) que se contravino el Art. 50 del T.O.C.A.F. en cuanto no se publicitó la convocatoria en el sitio Web de Compras y Contrataciones Estatales, c) que la primera partida comprometida a manera de adelanto contraviene el Art. 20 del T.O.C.A.F., d) que no configura una donación modal y e) que la contratación no es efectuar una liberalidad sino contratar servicios personales teniendo entonces características de contrato de arrendamiento de servicios;
          2o.) que a fs. 154 se deja constancia de voto negativo de la Ministra Contadora Diana Marcos, con fundamento de su voto;
          CONSIDERANDO: 1o.) a) que la Asociación Civil fue seleccionada en el LLamado Público realizado desde el Municipio E referente a tareas de limpieza e higiene ambiental de locales municipales en el territorio de este Municipio de acuerdo al Acta del tribunal que figura a fs. 134, y aprobado por Res. N° 66/14/0116 de fecha 20 de marzo de 2014 (fs. 143) por el Gobierno Municipal, b) que en el procedimiento seguido se han respectado en plenitud las garantías a los oferentes refrendadas por los principios de igualdad y publicidad que han regulado todas las convocatorias, de acuerdo a lo que luce en estas actuaciones a fs. 38 y 39, c) que se trata de un procedimiento especial de contratación que se asimila al establecido en el Art. 34 del T.O.C.A.F. y cuyo contenido es muy similar a la norma aprobada por el Art. 149 del Decreto N° 26.949 de la Junta Departamental de Montevideo, siendo un procedimiento atípico pero no en el sentido de no ser reglado. El procedimiento que establece la norma es el procedimiento ideal para este tipo de llamados de contenido social, d) que la mencionada Asociación lleva a cabo desde larga data una política social de inserción laboral y educativa a jóvenes de ambos sexos y mujeres mayores de 30 años, provenientes de familias de contextos críticos o de alta vulnerabilidad social en los diferentes barrios de Montevideo y por medio de esta política los participantes reciben un salario por las tareas que realizan para el barrio y al mismo tiempo la ONG aporta diferentes talleres relativos por ejemplo a la violencia doméstica, a la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, entre otros, contribuyendo así a la reinserción educativa, laboral y social de los destinatarios finales, siendo este el modo y e) que las presentaciones que están incluidas en el modo y con respecto a la primera partida corresponden al aporte de recursos sin los cuales no sería posible a la ONG hacer frente a sus obligaciones para el comienzo del convenio;
          2o.) lo previsto en los artículos 211°, inciso B) de la Constitución de la República y 97° del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL E
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto dispuesto por Resolución N° 66/14/0116 de fecha 20/III/14 a favor de la Asociación Civil Juventud para Cristo en el Uruguay.-
          2. Se dispone la reiteración del gasto en virtud del fundamento expresado en los Considerandos precedentes de la presente Resolución.
          3. Comuníquese a los Servicios Centros Comunales Zonales Nos. 6, 7 y 8 y pase a la Contaduría General.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL