Resolución N° 101/19/0116
Nro de Expediente:
2018-3290-98-000556
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2019


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 46/19/0116 del 13/III/19; por la que se autorizó a Landligth S.A., propietaria del establecimiento destinado a pizzería y cafetería, sito en la Avda. Arocena Nº 1624, a instalar mesas y sillas sobre entarimado en acera y calzada.

Montevideo, 12 de Junio de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a pizzería y cafetería, sito en la Avda. Arocena Nº 1624, propiedad de Landligth S.A, RUT 217571860017;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 46/19/0116 del 13/III/19 se autorizó, con carácter precario y revocable, la instalación de mesas y sillas sobre entarimado ocupando 32,86 m2 en acera y 11,75 m2 sobre la calzada;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 informa que el entarimado fue retirado, por lo que correspondería dejar sin efecto el citado acto administrativo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 46/19/0116 del 13/III/19, por la que se autorizó con carácter precario y revocable, a la firma Landligth S.A, RUT 217571860017, propietaria del establecimiento destinado a pizzería y cafetería, sito en la Avda. Arocena Nº 1624, con igual domicilio a los efectos legales, a instalar mesas y sillas sobre entarimado ocupando 32,86 m2 en acera y 11,75 m2 sobre la calzada.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 para la notificación correspondiente.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL