Resolución N° 58/25/0116
Nro de Expediente:
2016-3290-98-000456
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/4/2025


Tema:
MODIFICACION DE RESOLUCION

Resumen:
Se modifica la Resol Nº 54/25/0116 por la que aplicó una multa de 1 U.R. a la empresa Braulio SRL, propietaria del terreno ubicado en la calle Salerno Nº 2395, Padrón 157885, por falta de higiene, ya se que padeció un error en el domicilio legal.

Montevideo, 23 de Abril de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el terreno ubicado en la calle Salerno Nº 2395, Padrón 157885, propiedad de la empresa Braulio S.R.L, R.U.T 212088120017;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 54/25/0116 del 09/IV/2025 se aplicó una multa de 1 U.R a dicha empresa por malas condiciones de higiene en el terreno de su propiedad;
        2º) que se omitió informar el domicilio legal, siendo el mismo: calle Antonio Saravia Nº 3740, por lo que se modifica el citado acto administrativo.
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Se modifica la Resolución Nº 54/25/0116 del 09/IV/2025 estableciendo que se aplica una multa de una U.R. (unidad reajustable) a la empresa Braulio S.R.L, R.U.T 212088120017, propietaria del terreno ubicado en la calle Salerno Nº 2395, Padrón 157885, con domicilio a los efectos legales en la calle Antonio Saravia Nº 3740.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N°8.-
PEDRO SEHABIAGUE,ALCALDE.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL