Resolución N°
125/12/0118
Nro de Expediente:
3350-000161-08
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7
/
8
/
2012
Tema:
DEJAR SIN EFECTO
Resumen:
Resolución Nro.: 405/11/0118
Montevideo,
7
de
Agosto
de
2012
.-
VISTO:
la Resolución No. 405/11/0118 de fecha 07/12/2011;
RESULTANDO:
1o.) que por la misma se aplicó una multa de U.R. 19.7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta con diezmilésimas) a la Comisión Administradora del Fondo Social de Vivienda de los Trabajadores de la Estiba o Café, propietarios de la finca sita en Calagua Nº. 880/202 y 203
CONSIDERANDO:
1o.) que estudiadas las actuaciones por parte del Servicio Centro Comunal Zonal N°13, se sugiere dejar sin efecto el citado acto administrativo referente a la multa aplicada;
2o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
3o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL G
RESUELVE:
Dejar sin efecto la Resolución No. 405/11/0118, de fecha 07/12/2011 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.- ,
Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para la notificación correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 13 para realizar inspección técnica que verifique la situación actual.-
GASTON SILVA
,
ALCALDE
.-
ANTONIO CORREA
,
CONCEJAL